Legislación prohíbe instalar
propaganda en instalaciones eléctricas
La prohibición expresa para
instalar propaganda política en postes y redes eléctricas, recordó Frontel , a
una semana de iniciarse el periodo de propaganda electoral con miras a las
próximas elecciones municipales de octubre.
De acuerdo a lo que establece la
Ley 19.884, sobre Transparencia del Gasto Electoral y las Campañas, en su
artículo 32°, “no podrá realizarse propaganda electoral en equipamiento
urbano…incluidos postes, ni tampoco que se adhiera de cualquier forma al
tendido eléctrico…”
Los postes deben estar libres de
todo obstáculo para acceder a la red y equipos eléctricos asociados, con el
propósito de cumplir labores de mantenimiento periódico y de emergencia.
Cualquier elemento ajeno pone en riesgo la integridad del nuestro personal
técnico que debe trabajar en dichas instalaciones.
Quien realice estas prácticas
estará contraviniendo las normas legales y reglamentarias que rigen sobre esta
materia.
La Superintendencia de
Electricidad y Combustibles (SEC) faculta a todas las empresas y cooperativas
eléctricas, para que adopten las medidas necesarias tendientes a evitar
condiciones de inseguridad en sus instalaciones, indicación que autoriza el
retiro de cualquier tipo de propaganda que se instale en cables o postes, y el posterior cobro de tal acción a los
comandos de las candidaturas políticas.
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