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jueves, mayo 24, 2012

Diputados aprueban nuevas normas para combatir el robo de animales


Se elimina la guía de libre tránsito y se decomisará vehículos utilizados en la comisión del delito

El diputado Enrique Estay informó que, con su voto favorable, se aprobó en la Cámara de Diputados un proyecto de ley propuesto al Parlamento por el Presidente Sebastián Piñera, que mejora la fiscalización para la prevención del delito de abigeato.
“Esta iniciativa”, señaló el legislador, “elimina la guía de libre tránsito como documento idóneo para realizar el trasporte de ganado, y la reemplaza por un formulario de movimiento animal establecido por el Servicio Agrícola Ganadero (SAG)”.
“Otra importante norma aprobada”, agregó Estay, “establece que los vehículos motorizados o de otra clase, las herramientas y los instrumentos utilizados en la comisión del abigeato caerán en comiso, es decir se le van a quitar a los delincuentes, lo cual es una nueva sanción que se suma a las penas de cárcel que conlleva la comisión de este delito”.
Los dueños, gerentes o empleados de ferias de ganado y mataderos no podrán recibir, rematar ni beneficiar ganado sin que, previamente, hayan recepcionado los formularios de movimiento animal respectivos, emitidos en el establecimiento de origen. Asimismo, tendrán la obligación de conservar este documento por los plazos que determine el SAG.
La feria o matadero que venda o beneficie animales sin contar con el formulario será sancionada con multa de 1 a 50 unidades tributarias mensuales por cada animal vendido o beneficiado, sin perjuicio del derecho del dueño de los animales a demandar por indemnización.
Carabineros y el SAG deberán controlar que el transportista o responsable lleve consigo durante el transporte el formulario de movimiento animal, documento que será visado para dejar constancia de la inspección.
También se agrega ahora, dentro de las situaciones que se consideran delito de abigeato, el expedir o portar certificados falsos para obtener guías o formularios o hacer conducir animales ajenos sin estar debidamente autorizado.
Asimismo, para efectos de control de identidad, Carabineros de Chile estará facultado para revisar los vehículos que transiten en zonas rurales o que pasen por tenencias o retenes, debiendo exigir la boleta, factura, guía de despacho o el formulario de movimiento animal, según sea el caso.
También se adecua la multa existente para quien vulnere el decreto supremo que prohíbe total o parcialmente el beneficio de cualquier tipo de animal o ave, estableciendo que será de hasta 100 unidades tributarias mensuales para el infractor.
“Al aprobar estas nuevas normas contra el abigeato, lo que buscamos es que se aumenten tanto las penas como la fiscalización a este ilícito”, señaló el diputado Estay.

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