Estimado Sr. Director:
Dentro del Programa de Gobierno del Presidente Sebastián
Piñera, estaba el compromiso de protegernos a los consumidores, ante los muchos
abusos y arbitrariedades en procedimientos que por muchos años estaban usando
las grandes empresas comerciales y financieras, muchos no lo creyeron cuando se
planteó, veamos su cumplimiento:
A contar del 5 de marzo nace el Sernac Financiero, un nuevo
marco legal que fortalece los derechos de los consumidores de productos y
servicios financieros, impone nuevas obligaciones a las empresas y da más
facultades a Sernac. Esta nueva ley, que lleva por número 20.555, viene a
complementar la Ley
de Protección al Consumidor.
Sin embargo, las materias relativas al Sello Sernac
comenzarán a regir a partir del día 5 de junio de 2012, ya que la misma ley
concede un plazo de 90 días para que las entidades que quieran someterse a
dicho Sello puedan adecuar los distintos contratos de los productos y servicios
financieros que ofrecen. Sin embargo, la solicitud del Sello Sernac por parte
de los proveedores para la revisión de sus contratos podrá realizarse desde la
entrada en vigencia de la Ley.
¿Qué información
podré exigir como consumidor?
• Tiene derecho a que
los Bancos, Multitiendas, Cajas de Compensación, Cooperativas de Ahorro y
Crédito, Compañías de Seguros y otros proveedores de productos o servicios
financieros le informen más claro que el agua, qué significa lo que está
contratando. Esto es, así como en la tienda le dicen cuánto cuesta el pantalón
y puede saber de qué material es, o en el almacén le informan cuánto cuesta el
kilo de pan y qué tipo de pan es, le tendrán que decir cuánto cuesta el crédito
y de qué se trata lo que está contratando.
• Por ejemplo, si
pide al Banco, un crédito de $200 mil en 12 cuotas, tendrán que informarle, que
sumando todo, le cobrarán $300 mil en total. Es decir, pagará $100 mil más por
la plata que pidió. Así usted podrá ir con su papelito de cotización al Banco
de al lado y comparar si le ofrecen un precio mejor.
• Para recibir esta
información tendrán que informarle que es la CAE o la Carga Anual Equivalente, es decir, un indicador
del costo anual del crédito, de tal forma que con ese dato podrá cotizar y
comparar más fácilmente.
• Tiene derecho a
información simple y transparente. Para eso, el principio del contrato debe
incluir una hoja resumen que contendrá lo principal que usted debe saber.
• Se deberá adjuntar
un folleto que explique qué es ser aval, codeudor solidario o fiador y qué
consecuencias tiene.
• Tiene derecho a
saber qué harán con los mandatos o cualquier poder que haya firmado y que le
rindan cuenta.
• Tiene derecho a que
le informen por escrito las razones de por qué le negaron un crédito.
¿Qué nuevos derechos
tengo como consumidor?
• Tiene derecho a
cerrar su cuenta en 10 días sin que le pongan problemas. Es decir, si ya no
quiere tener la tarjeta del Banco o la multitienda, y ya pagó lo que debía,
puede terminar el contrato y dejar de recibir los cobros que significa
mantenerlas.
• Tiene derecho a que
no lo “amarren” con otros productos y servicios que no pidió. Esto es, si
quiere sacar la tarjeta de una multitienda, no lo pueden obligar a que también
contrate un seguro. Las empresas podrán ofrecer productos asociados al crédito,
pero siempre usted tendrá la libertad de aceptarlos o no.
• Si compra algún
producto asociado deberá estar en un contrato (anexo) aparte y manifestar su
voluntad de contratarlo mediante su firma.
• Tiene derecho a que
las empresas no le cambien las condiciones o costos del contrato si no está de
acuerdo. Por ejemplo, si tiene la tarjeta de una multitienda o un banco, no le
pueden subir las comisiones o los precios que le informaron en el contrato.
• No le pueden poner
límites a los medios de pago electrónicos en caso que el cliente tenga cuenta
en otro Banco.
• Todas las
promociones de productos y servicios financieros deben indicar costo total.
• La cotización que
le entregue en Banco o multitienda debe estar vigente a lo menos por 7 días.
• Está prohibido que
le envíen a su domicilio o lugar de trabajo, productos o contratos
representativos de ellos que no haya solicitado.
• Tiene derecho a que
no lo limiten a comprar con la tarjeta emanada de la misma casa comercial donde
está comprando.
• Prohibición de
cobrarle comisión ni hacerle firmar un nuevo contrato por cambiar el plástico
de la tarjeta.
• Tiene derecho a que
se cancele la hipoteca en 15 días y que la hipoteca sólo garantice el crédito y
no todas las deudas que usted tenga.
• Tiene derecho a
recibir la información relativa al costo total del producto o servicio
contratado, lo que comprende conocer la
CAE.
• Deben informarle
por escrito las razones del rechazo a la contratación de un producto o servicio
financiero, las que deben fundarse en razones objetivas, es decir, no lo pueden
discriminar cuando solicite un crédito u otro producto o servicio financiero.
• Tiene derecho a
exigir que las condiciones de contratación de un crédito u otras operaciones
financieras sean objetivas y estén establecidas en forma previa y públicamente.
• Puede exigir la
oportuna liberación de las garantías constituidas para asegurar el cumplimiento
de sus obligaciones, como una hipoteca o prenda, una vez que se hayan
extinguido todas las obligaciones, es decir, cuando pague completamente su
crédito u otra operación financiera y usted no le deba nada al proveedor.
• Cada vez que un
bien es ofrecido en garantía, éste debe tasarse. Usted tiene derecho a elegir
al tasador de bienes de la lista de tasadores que presente la institución
financiera.
• Tiene derecho a
conocer la liquidación del crédito a su solo requerimiento. Esto quiere decir
que le tienen que informar el total que usted debe cuando así lo solicite.
Espero que esta información les sea de utilidad a todos mis
vecinos Galvarinense, si desean profundizar más en la información pueden
consultar la página web www.sernacfinanciero.cl
se despide con afecto CLAUDIO CARCAMO ORDENES Consejero
Regional de la Araucanía