“Hacemos un llamado a aquellos hermanos y hermanas mapuche
que a la fecha no estén inscritos en alguna comunidad o asociación indígena, a
que se inscriban en dicho Registro Especial y de esta manera puedan participar
de la elección de los nuevos Consejeros Indígenas de la CONADI el día 15 de enero
próximo”, señaló José Millalén Paillal, candidato al Consejo Nacional de la CONADI 2012-2016.
Asimismo, el postulante a uno de los ocho cargos de
representación indígena, instó las y los
mapuche de las comunidades y asociaciones indígenas, a participar en el proceso
de elección de los nuevos consejeros “votando por el candidato o candidata que
mejor represente sus inquietudes, iniciativas y demandas”.
Millalén explicó que según la Ley 19.253, Ley Indígena, normativa que regula
este proceso, “las personas indígenas que no se hallaren en algunas de las dos
situaciones señaladas, es decir, no sean socios o socias de comunidad o asociación
indígena y quieran participar del proceso de elección de Consejeros, deben
inscribirse en el Registro Especial creado especialmente para estos efectos y
que funciona en todas las oficinas de la CONADI del país.
Este trámite debe hacerse personalmente portando la persona su Cédula de
Identidad hasta el día 24 de octubre de 2011” .
Votación indígena
De acuerdo a lo establecido en la Ley Indígena
chilena, el 15 de enero de 2012 se
realiza la elección de los ocho Consejeros Indígenas que forman parte del
Consejo Nacional de este organismo del Estado: cuatro Mapuche, un Aymara, un
Atacameño/a, un Rapa Nui y uno/a con domicilio en un área urbana del territorio
nacional, quienes serán designados por el Presidente de la República , a propuesta
de las Comunidades y Asociaciones Indígenas -artículo 41 letra d-, y que duran
cuatro años en funciones.
Cabe mencionar que "tienen derecho a voto todas las
personas indígenas que se hallan inscritas y sean socios y socias de
comunidades indígenas constituidas legalmente, así como las y los socios de
Asociaciones Indígenas", finalizó Millalén, parafraseando la Ley 19.253.
Fuente: www.laopinon.cl